Vivienda en Almendralejo (Badajoz)
Finaliza el 01/09/2025 (Europa/Madrid)
Descripción
Concurso: 93/2025
Juzgado Mercantil Nº 2 de Badajoz con sede en Mérida
Recepción de ofertas en fase de VENTA DIRECTA
Vivienda en tercera planta en el denominado Grupo Santa Eulalia, en la calle Eugenio Hermoso de la localidad de Almendralejo.
Según nota simple, tiene una superficie construida de 39,4 metros cuadrados, distribuidos en salón estar, tres dormitorios, cocina y cuarto de aseo.
El edificio no dispone de ascensor.
Puede encontrar la nota simple, una ficha catastral y la información relativa al procedimiento y a las condiciones de la subasta en documentación adjunta siendo usuario registrado.
Aunque no se requiere constitución de depósito deberá tener en cuenta que la presentación de ofertas implica la aceptación de la situación física, jurídica y administrativa del bien, con renuncia expresa a cualquier acción de reclamación por cualquier concepto derivado de la entrega del mismo, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la postura ofrecida por ninguna circunstancia, teniendo la oferta realizada carácter irrevocable.
Por tanto, cualquier consulta que para valorar su oferta deberá realizarse con anterioridad a la presentación de la misma.
Corresponderá a la Administración Concursal la designación del día, hora, lugar y, en su caso, Notaría donde se otorgarán los documentos públicos o privados a través de los que se articule la compraventa.
Características
UBICACIÓN
Calle Eugenio Hermoso, 21-3º C. Almendralejo (Badajoz)
PROPIEDAD
Se transmite el 100% de la propiedad
SITUACIÓN POSESORIA
Libre de ocupantes
VISITAS
Visitas no disponibles
FINCA REGISTRAL
24810
REGISTRO
Almendralejo
REFERENCIA CATASTRAL
6344515QC2864S0039RQ
Gastos y cargas
Todos los gastos de la venta pública y los derivados de la cancelación de cargas y anotaciones registrales tanto de embargos como dimanantes del concurso, incluidos el certificado de eficiencia energética y cédula de habitabilidad, en su caso, serán de cuenta y cargo de la parte compradora.
Los gastos de comunidad no satisfechos por la concursada y de los que deba responder la propia finca, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 9.1 e) de la Ley de Propiedad Horizontal, serán satisfechos por la parte compradora.
Todos los gastos e impuestos que se originen con ocasión de la transmisión de los inmuebles serán de cuenta y cargo del adjudicatario, incluso los derivados de la cancelación de cargas y la plusvalía, que corresponderá al adjudicatario. Asimismo, también se hará cargo de los gastos de Comunidad y de IBI pendientes.
Según documentación del procedimiento, los pagos en concepto de IBI están al corriente, estando pendientes algunos pagos a la Comunidad de Propietarios, de los que no disponemos de datos. Téngase en cuenta que deberá abonarse el importe que se le requiera en el momento de la formalización de la compraventa.
El adjudicatario deberá haber satisfecho la retribución de la entidad especializada, que asciende al 5% del importe de adjudicación (más IVA), con anterioridad al otorgamiento de la escritura pública, adjuntándose justificación del pago.
El bien se transmitirá libre de cargas y gravámenes.
VALORACIÓN
61.509€
GASTOS DE GESTIÓN NO INCLUIDOS
5% sobre la oferta registrada, impuestos no incluidos
Documentación
Ubicación
Finaliza el 01/09/2025 (Europa/Madrid)
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